¿Sabiais que la ultimas Leyes Urbanísticas de Aragon han vuelto a prever las Delimitaciones de Suelo Urbano como instrumentos de planificación urbanística municipal para pequeños municipios?
En definitiva este instrumento simplemente se vuelve a introducir ya que ya existió en algunos municipios a principios de los años 80 y que aunque con algunas carencias no dio tan malos resultados.

Hay varios aspectos que creo son de importancia notable y que un Ayuntamiento entiendo que debería tener en cuenta antes de abordar la redacción de un planeamiento urbanístico: Plan General vs Delimitacion de Suelo Urbano:
-En primer lugar un Plan General clasifica bastantes tipos de Suelo (algunos de ellos muy parecidos) lo que redunda en una importante complejidad de tramitación, cosa que ha hecho que muchos Ayuntamientos se “aborrezcan” y abandonen dicha tramitación antes de finalizarla (os podría citar por ejemplo en el Valle de Benasque Bisaurri y Laspaules)
-En segundo lugar pasada la euforia constructiva de hace unos años en los que parecía que tanto terreno como se recalificase se iba a desarrollar y construir probablemente los ayuntamientos deberían plantearse unos desarrollos mas contenidos y realistas, ya no solo en cuanto a la superficie total de suelo sino en cuanto al tamaño y características de las unidades de ejecución.

Recientemente se ha aprobado definitivamente la Delimitacion de Suelo Urbano de Lascuarre. He hecho un análisis de la misma para ver los aspectos que puede regular o las diferencias con un Plan General.
-En cuanto a la vigencia es indefinida salvo modificaciones (igual que un PGOU)
-En cuanto a las definiciones indica las condiciones para que una parcela pueda ser considerada como solar de la LUA pero añade la posibilidad de licencia condicionada a obras de urbanización cuando concurran algunas circunstancias.
-Define alineaciones, rasantes, superficies, alturas, edificabilidad, vuelos, alturas máximas, numero de plantas, medición de alturas, condiciones de las plantas…de forma similar a un PGOU.
-Se clasifican los usos (residencial, aparcamiento, industrial, terciario…) y se imponen algunas condiciones
-Una de las diferencias mas importantes es que no se delimita Suelo Urbanizable ni Urbano No Consolidado, únicamente se delimita el Suelo Urbano Consolidado (como su propio nombre indica) y se regula estableciendo distintas zonas (Nucleo tradicional, extensión de casco, unifamiliar de ordenación libre e industrial) y en cada una de ellas se regulan los usos y parámetros (altura máxima, edificabilidad…) asi como regulación de cubiertas y fachadas.
Por si teneis mas interés en el tema os adjunto la publicación en el BOP en la que se incluye la memoria aunque no los planos que si os interesa los podeis ver en nuestro estudio de Graus.
http://bop.dphuesca.es/index.php/mod.bopboletines/mem.visualizarpdf/relcategoria.60002/idbopboletin.4468/chk.81f7db60660ea151e15417300c784c9e.html

Finalmente indicar que el Gobierno de Aragon ha sacado recientemente ayudas para los municipios para elaboración y financiación de Delimitaciones de Suelo Urbano
Pueden acogerse los municipios que cumplan los siguientes requisitos:
-Carecer de PGOU
-No contar con los medios humanos y técnicos
-Tener población entre 50 y 500habitantes
-Disponer de cartografia adecuada
-No haber recibido subvenciones anteriores (5 años)
Publicado en el BOA del 22 de Abril
Para más información:
http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=850053022525
Plazo de presentación 15 dias hábiles desde publicación en el BOA