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Recientemente hemos realizado un curso organizado por el Colegio de Arquitectos de Aragon entre otras cosas para actualizar los conceptos a los últimos cambios aprobados en Octubre de 2020.
Aunque realmente la mayoría de estos trabajos parece que puedan no competer a nuestra profesión, realmente son cuestiones que afectan en nuestro dia a dia a nuestros clientes y aunque no seamos los que realizamos directamente estos trabajos, si que tenemos que colaborar y por tanto es muy importante tener los conceptos claros.
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El curso comienza con una serie de cuestiones generales sobre catastro desde su creación en el siglo XVIII a los primeros intentos de coordinación con Registro de la Propiedad a principios de siglo XX pero que fueron abandonados por problemas técnicos y jurídicos hicieron abandonar el camino y hacer un catastro independiente.
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Finalmente la reciente Ley 13/2015 (reforma de la Ley Hipotecaria y la Ley del Catastro Inmobiliario) parece que es el paso “definitivo” para coordinar Registro con Catastro e introducir el concepto georeferenciacion que consiste en ubicar una parcela en el espacio de manera univoca (es decir, con unas coordenadas absolutas que pueden replantearse o comprobarse sobre el terreno con mucha precisión).
Esta operación de la georeferenciacion es obligatoria en todas las operaciones de segregación, agregación, parcelación, reparcelación e inmatriculación de fincas y voluntaria en compraventa de fincas.
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Uno de los conceptos clave son los archivos GML que contienen la información geométrica, vienen a guardar las coordenadas de todos los vértices de un polígono que define la parcela.
Con el se realiza el IVG (informe de validación grafica) para verificar desde la Sede Electronica del Catastro si cuadra con la cartografia catastral o no. Puede haber 2 casos:
-Que sea positivo: entonces el procedimiento puede continuar en manos del Registrador
-Que sea negativo: no se paraliza el expediente pero se debe dar audiencia a los afectados. En caso de conformidad se continua el procedimiento y en caso contrario solo quedaría la via judicial.
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La segunda parte comprende una serie de casos practicos reales a resolver de menor a mayor dificultad:
-Caso 0: Unicamente coordinar, completar la descripción de una finca registral. Es decir, se acepta la descripción catastral
-Caso 1: Procedimiento en caso de alteración física de un inmueble (segregación, agregación, agrupación y división
-Caso 2: Procedimiento genérico a realizar el propietario en la tramitación de una subsanación de discrepancias físicas de un inmueble
-Caso 3: casos 1 o 2 pero con una parcela catastral que albergue otro inmueble en su interior (multipoligono)
-Caso 4: Inexactitud por desplazamiento o giro en las coordenadas de la parcela catastral
-Caso 5: Inmatriculacion de viales públicos e informes de validación grafica negativos en estos casos que pueden inmatricularse.
-Caso 6: Generacion de informe catastral de ubicación de construcciones dentro de parcela catastral
-Caso 7: Generacion de informe catastral de ubicación de construcciones dentro de parcela catastral (multiples recintos).
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Finalmente se nos aporta unos esquemas del procedimiento de coordinación registral estableciendo multiples casos.
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Con todo esto somos conscientes de que no nos hemos convertido en unos grandes expertos del tema pero por lo menos nos ha servido para comprender muchas cuestiones para poder desenvolvernos con cierta soltura en todos estos procedimientos que pueden afectar a los inmuebles o parcelas sobre las que realizamos nuestros proyectos.