Hace una semana, el 11 de septiembre, en la sede del Gobierno de Aragón se presentó el proceso participativo sobre el Anteproyecto de Ley de Vivienda de Aragón. Estuvieron presentes el consejero D. Octavio López, la directora general de vivienda, D.ª María Pía Canals, el director general de urbanismo, D. Carmelo Bosque, el director general de relaciones institucionales, D. Miguel Ángel Lafuente, y la secretaria general técnica del departamento de Fomento, D.ª Asunción Casabona, que desgranaron los aspectos más importantes del anteproyecto y expusieron los siguientes pasos a recorrer hasta su aprobación.
Antecedentes de la Ley:
El 17 de enero, se firma la Orden del consejero de fomento, vivienda, movilidad y logística, por la que se acuerda el inicio del procedimiento de elaboración del Anteproyecto de Ley de Vivienda de Aragón.
El texto del borrador de anteproyecto obtuvo el visto bueno del Consejo de Gobierno el 31 de julio de 2024.
Conviene recordar que el gobierno autonómico anterior elaboró dos anteproyectos de Ley que se han desechado, siendo este texto de nueva redacción.
Contenido de la Ley:
Los objetivos que se persiguen con la Ley se plasman en el preámbulo y en el título preliminar de la Ley.
(Se adjunta texto del borrador)
En cuanto al contenido, este anteproyecto de Ley consta de 5 títulos, 83 artículos, una Disposición derogatoria y una Disposición final única y se estructura de la siguiente manera:
- El Título Preliminar regula las disposiciones de carácter general, tales como el objeto de la ley, sus principios políticos rectores, los objetivos que persigue, las definiciones básicas de las diferentes tipologías, la función social, que incluye el concepto de desocupación y las medidas de compatibilidad entre el derecho al uso de una vivienda digna y los que asisten a los propietarios de las mismas, las competencias de las diferentes escalas de la administración y la participación de las sociedades instrumentales públicas.
- El Título Primero incluye las determinaciones relativas a las diferentes tipologías de vivienda que contempla la presente ley, incluyendo las condiciones que las caracterizan, los procedimientos para su calificación, si procede, promotores, reservas de suelo para aquellas que cuenten con algún tipo de protección pública, las clases de suelo en que pueden promoverse, los derechos de tanteo y retracto, y las competencias e intervención de las diferentes administraciones y sus sociedades instrumentales.
- El Título Segundo contiene las determinaciones correspondientes a la política del Gobierno de Aragón en materia de vivienda, que incluye todo lo relativo a Planificación en materia de vivienda, Programas específicos, instrumentos especiales de ordenación y planeamiento urbanístico, colaboración entre instituciones y con el sector privado y compromisos de ayudas a la promoción y la demanda.
- El Título Tercero se refiere a los derechos y deberes con relación a la actividad y uso de las viviendas, tales como la obligación de cumplir con la función social de la vivienda, actuación sobre viviendas desocupadas, protección de los derechos de propiedad frente a ocupaciones irregulares, calidad de la edificación de viviendas, su conservación, condiciones constructivas y libro de la edificación, derecho a la información en su condición de consumidores, y protección de sus derechos en la comercialización tanto en régimen de venta como de alquiler.
- El Título Cuarto contiene las normas que afectan a la participación en la política de vivienda a los diferentes actores que intervienen en esta materia, tales como promotores, constructores, técnicos y otros agentes inmobiliarios
- Finalmente, el Título Quinto se dedica a la protección de la legalidad y está integrado por dos capítulos: el primero regula lo relativo a competencias y labores de inspección, y el segundo contempla lo relativo al régimen sancionador.
Proceso de participación ciudadana y entidades:
Esta semana comienza el proceso de participación ciudadana mediante cuatro talleres dos de ellos presenciales y dos de ellos online, de tal manera que el anteproyecto de ley se va a analizar en dos partes, con un taller presencial y un taller online para cada una de esas partes.
Cualquier arquitecto, de forma particular, puede acudir a los mismos. Habrá también representantes colegiales en estos talleres.
Calendario previsto de tramitación de la Ley de Vivienda:
- Finales de septiembre: Una vez termina en los talleres de participación se producirá una sesión de retorno con los participantes y se procederá a las reelaboración final del texto del anteproyecto. Esto está previsto para finales de septiembre.
- Octubre-noviembre: Solicitud de informes a los servicios jurídicos del Gobierno de Aragón, al Consejo Consultivo y a los Departamentos de la DGA implicados en la Ley
- Finales de noviembre-principios de diciembre: con el texto definitivo y los informes se prevé su visto bueno por el Consejo de Gobierno.
- Segunda semana de diciembre: presentación de la nueva ley de vivienda a las Cortes de Aragón.
Participación del Colegio de Arquitectos y de sus colegiados en el proceso de participación:
La Junta de Gobierno, con el asesoramiento jurídico y técnico de los servicios colegiales está analizando el texto del anteproyecto de Ley para elaborar comentarios y aportaciones a la Ley, ya que se nos ha invitado a realizarlas antes del 16 de septiembre.
Fuente: Colegio Oficial de Arquitectos de Aragon