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Como ya sabréis la mayoría de vosotros, las cuestiones que afectan a la eficiencia energética de los edificios que proyectamos constituyen una de nuestras prioridades y hemos subido a este blog innumerables artículos al respecto.

Despues del primer Codigo Tecnico del 2006 que incluyó el documento EH y que constituyó la primer regulación “seria” al respecto, llegaron la segunda versión del EH el año 2013 y una tercera el año 2019. Si restais la diferencia de tiempo entre dichas versiones, parecía razonable que fuéramos a tener una nueva versión el año 2026.

Pues efectivamente en el mes de Noviembre de 2025 el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana publicó un borrador para audiencia e información publica.

Responde a la necesidad de trasposición parcial de 2 directivas europeas del año 2024 y persiguen acelerar el ritmo de renovación de edificios de la unión, especialmente aquellos con peor comportamiento energético. El principal objetivo es lograr un parque inmobiliario de cero emisiones en 2050.

Hay que tener en cuenta las emisiones de gases de efecto invernadero del ciclo de vida completo de los edificios. Se produce un cambio de paradigma en que la sostenibilidad ambiental se plantea como un objetivo global que trasciende el concepto de eficiencia energética del CTE. Por tanto la modificación no se circunscribe en el DB-HE del CTE sino que se ha desarrollado un nuevo requisito de “Higiene, salud y protección del medio ambiente” desarrollados en un nuevo DB: el DB-HSA (Documento básico de sostenibilidad ambiental) que modifica el DB-HS. A las exigencias del DB-HS se añaden 2:

HSA 1: Potencial de calentamiento global

Se mide el PCG que es un índice para determinar la contribución de un edificio a las emisiones de gases de efecto invernadero a lo largo de todo el ciclo de vida. Se limitara a partir de 2030

-HSA 2: Movilidad sostenible

Recoge las exigencias de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos y plazas de aparcamiento de bicicletas en edificios

En el DB-HE también se define el concepto de edificio de cero emisiones y se amplia el ámbito de aplicación de la sección HE5 (generación mínima de energía eléctrica) procedente de fuentes renovables. Se desarrolla una nueva exigencia HE6 de generación mínima de energía solar.

Tambien se modifica el DBSI (seguridad incendios):

-Materiales de aislamiento de fachadas para evitar propagación de incendios

-Seguridad en aparcamientos por la proliferación de coches eléctricos (sectorización y dotación de instalaciones)

Se atiende a la necesidad de mejorar la resiliencia de los edificios en respuesta al reto del cambio climático. Se ha reforzado la coordinación con las limitaciones de usos y las prescripciones respecto a las obras y construcciones contenidas en el Reglamento de Dominio Publico Hidraulico.

Tambien se modifica el DB-SUA (Seguridad de utilización y accesibilidad) para atender a las necesidades de personas con OSTOMIA sobre las exigencias de los aseos públicos

Disposicion Transitoria Primera: no será de aplicación en las obras que tengan solicitada la licencia urbanística antes de la entrada en vigor que será al día siguiente de su publicación en el BOE excepto el DB-HSA que entrara en vigor el 1 de Enero de 2028 para edificios nuevos con superficie útil mayor a 1000m2 y ampliaciones de mas de 1000m2. Para el resto 1 de Enero de 2030.

Con todo esto, como resumen nos hacemos a la idea de las nuevas cuestiones que se abordaran con este cambio normativo antes de su aprobación definitiva, que suponemos que será a lo largo del año 2026. En cualquier caso, como en los últimos cambios normativos dispondremos a tiempo del software actualizado para poder abordar y justificar estas cuestiones.