Recientemente, en mayo de 2024, se ha publicado en el DOUE la Directiva 2024/1275 Directiva sobre Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD: Energy Performance of Buildings Directive), que viene a actualizar y refundir la anterior Directiva 2010/31/UE.

Las directivas europeas son el primer paso legislativo dando las pautas que posteriormente los Estados Miembros tienen que transponer en determinados plazos. Por ello, es importante conocer las directrices que va dictando la Unión Europea ya que nos llegarán e influirán de una u otra forma. Una vez que la directiva ha sido aprobada, los Estados que pertenecen a la Unión Europea disponen de dos años para incorporarla a su legislación nacional.

Entre los principales asuntos que trata este Directiva sobre eficiencia energética están:

  • Objetivos de reducción de emisiones. La mayor ambición en materia de clima y energía de la Unión requiere una nueva visión de futuro para los edificios: el edificio de cero emisiones, con una demanda de energía muy baja, cero emisiones de carbono procedentes de combustibles fósiles in situ y cero o una cantidad muy baja de emisiones de gases de efecto invernadero operativas. A más tardar en 2030, todos los edificios nuevos deben ser edificios de cero emisiones, y los edificios existentes deben transformarse en edificios de cero emisiones a más tardar en 2050. Parece claro, que esta exigencia y la necesidad de descarbonización del sector de la construcción, podrían llevar en un futuro a cambios en la normativa sobre ahorro energético. Estas medidas no solo transformarán la forma en que se diseñan y construyen los edificios, sino que también influirán en su mantenimiento y gestión a lo largo de todo su ciclo de vida.
  • Respecto a la eficiencia energética de 2020, de media habrá que mejorar para rehabilitación un 16% para 2030 y un 20-22% para 2035. Los Países de la UE tendrán que adoptar medidas para llegar a esos objetivos.
  • Pasaportes de renovación. A más tardar el 29 de mayo de 2026, los Estados miembros introducirán un sistema para pasaportes de renovación. Estos documentos serán la hoja de ruta adaptada para la renovación en profundidad de un edificio concreto por fases que mejorará significativamente su eficiencia energética. El pasaporte de renovación deberá ser expedido en un formato digital adecuado para la impresión por un experto cualificado o certificado tras una visita in situ.
  • Eliminación progresiva de las calderas de combustibles fósiles. A partir del 1 de enero de 2025, los Estados miembros no concederán ningún incentivo financiero para la instalación de calderas independientes alimentadas con combustibles fósiles.
  • CEE: A más tardar el 29 de mayo de 2026, el certificado de eficiencia energética deberá ser conforme con el modelo establecido en la Directiva. Se pretende homogeneizar el CEE en toda la UE. Los Estados miembros que hayan reajustado sus clases de eficiencia energética a partir del 1 de enero de 2019 y antes del 28 de mayo de 2024 podrán aplazar el reajuste de sus clases de eficiencia energética hasta el 31 de diciembre de 2029.
  • Se estimula la creación de “ventanillas únicas” para obtener asesoramiento en materia de renovación, similares a las oficinas de rehabilitación actuales. Los Estados miembros velarán por el establecimiento y funcionamiento de servicios de asistencia técnica, por ejemplo, a través de ventanillas únicas inclusivas para la eficiencia energética de los edificios, dirigidos a todos los agentes implicados en las renovaciones de edificios, entre otros, los propietarios de viviendas y los agentes administrativos, financieros y económicos, como las pymes, incluidas las microempresas

Fuente: Nota de prensa del Parlamento europeo (12/03/2024)