.

Últimamente circulan en los medios muchas informaciones sobre el gas radon, vamos a intentar aclarar algunas cuestiones que nos afectan a los técnicos en la redacción de los proyectos y por ende a los usuarios de las viviendas dada la seriedad del tema. Lo vamos a hacer a modo de preguntas y respuestas porque creemos que va a ser lo mas operativo:

1.-Que es el gas radon?

Denominado “el enemigo invisible” se trata de un gas radioactivo que las personas no pueden detectar, ya que es incoloro e inodoro. Se produce de forma natural en la corteza terrestre en terrenos graníticos por la descomposición del uranio natural (238). Cuando se desintegra se transforma en Radio y se queda en el suelo. Pero al desintegrarse se convierte en gas, en radón, y este nocivo contaminante es capaz de llegar a nosotros hasta almacenarse en nuestro sistema respiratorio y producir radiación.

Se puede almacenar en el suelo y en los elementos del edificio y se puede producir el envenenemiento de manera silenciosa y no detectable hasta que los efectos sean presentes, pero en ese momento los pulmones pueden estar muy afectados.

Según la organización mundial de la salud representa la segunda causa de cancer de pulmón por detrás del tabaco

2.-Que normativa lo regula?

El HS 6 del Codigo Tecnico de la Edificación aprobado en el año 2019, normativa de obligado cumplimiento

3.-Cual es su ambito de aplicación?

Tanto en obra nueva como en reformas con cambio de uso siempre que se proyecten espacios habitables

4.-Cual es el objetivo?

Limitar el riesgo de exposición de los usuarios a concentraciones inadecuadas de radon estableciendo unos niveles de referencia

5.-Como se clasifica el riesgo y exigencia?

El CTE incluye un apéndice en el que clasifica los municipios afectados en 2 niveles

Zona I (exposición media): en nuestra comarca Beranuy, Bisaurri, Chia, Isabena, Puente de Montañana, Seira, Sesue, Sopeira y Villanova

Zona II (exposición máxima): Benasque, Castejon de Sos, Laspaules, Montanuy y Sahun

6.-Que se exige en nivel I: una barrera de protección entre el terreno y los locales habitables, que evite el paso de los gases. Alternativamente se podrá utilizar una cámara de aire ventilada. Se regulan las caracteristicas de estos elementos

7.-Que se exige en nivel II: aparte deberá añadirse un sistema adicional que podrá ser un espacio de contención ventilado mediante una ventilación natural o mecánica o un sistema de despresurización del terreno.